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Inicio >> Solicitudes de permiso para portar armas de fuego (Parte 3)

Marzo 11, 2023 by Fred Sisto

Solicitudes de permiso para portar armas de fuego (Parte 3)

Con respecto al marco de tiempo para las audiencias de apelación, NJSA 2C:58-4(e) anticipa que el Tribunal Superior llevará a cabo una audiencia sobre una apelación de la denegación de una tarjeta de identificación, un permiso de compra o un permiso de porte por parte de las fuerzas del orden público dentro de los 60 días de la solicitud por escrito del solicitante para tal audiencia. La audiencia sobre una apelación de la denegación de un permiso de porte para un oficial de la ley jubilado debe realizarse dentro de los 30 días de la solicitud de conformidad con NJSA 2C: 39-6 (l) (5). Revisión del fiscal de la apelación del solicitante de la denegación de una solicitud de permiso para portar armas NJSA 2C: 58-4 (e) requiere que los solicitantes agraviados que apelan la denegación de un permiso de portación por parte de las fuerzas del orden público notifiquen la solicitud de una audiencia al fiscal del condado. Los fiscales del condado no están obligados por ley a proporcionar información al tribunal con respecto a estas apelaciones. Sin embargo, si así lo desean, los fiscales del condado deben presentar su respuesta a estas apelaciones dentro de los 14 días posteriores a la presentación de la apelación. Si el fiscal no responde dentro de los 14 días, el tribunal debe continuar con la audiencia de apelación. Las preguntas o comentarios pueden dirigirse a la División de Práctica Penal por correo electrónico a la División de Práctica Penal de la AOC a aoccrimprac.mbx@njcourts.gov o por teléfono al 609-815-2900, x55300.

Este memorando sugiere métodos que pueden usarse para usurpar el requisito de que las solicitudes de permiso de portación se decidan dentro de los 60 días. Principalmente, permite exceder los 60 días por “buena causa”, sin definir la buena causa. La respuesta repetitiva obvia que se les dará a los solicitantes es que hay demasiadas solicitudes y no hay suficientes jueces, jefes de policía y otros recursos para revisarlas. Esto se presta a un razonamiento circular. Incluso si esta respuesta repetitiva fuera cierta, la respuesta adecuada es que las fuerzas del orden público dediquen más recursos a revisar las solicitudes de permiso de portación.

Es poco probable que se dediquen más recursos porque la revisión y concesión de permisos de porte es una prioridad baja para la aplicación de la ley. Además, la mayoría preferiría la antigua ley en la que los no policías no podían portar armas de fuego en absoluto, con una excepción extremadamente limitada. Para colmo de males, no prevé una excepción de "buena causa" para los agentes de policía jubilados y limita las demoras aceptables para ellos a 30 días en lugar de 60 días o más para otros. Esta misma dinámica hipócrita se puede encontrar con respecto a los plazos para las peticiones de cancelación que las fuerzas del orden ignoran de forma rutinaria.

Archivado como: Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Condado de Monmouth, Nueva Jersey, Condado del océano

Testimonios

Fred es un riguroso con los detalles y se comunica muy, muy bien con los clientes. Es inteligente y astuto. Lo recomendaría incondicionalmente.

tom o   

Recomendaría mucho al Sr. Sisto. Es muy perspicaz y competente, pero aún con los pies en la Tierra. Fred es excelente para comunicar y analizar los hechos. Pero lo más importante es que se destaca en la obtención de resultados.

Bill K   

Gracias a Fred, no tengo antecedentes penales.

Lucas A   

¡¡¡Estupendo!!! , manejé mi caso de la manera exacta en que me dijeron y lo recomendaría a todos los demás que necesiten representación legal.

Raumelis R.   
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