Clasificaciones de solicitantes de tribunales de drogas (Parte 3)

by | Apr 14, 2021 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Crimen de drogas, Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

La División de Apelaciones continuó en la parte relevante: aunque un juez de la Corte de Drogas no está obligado por la recomendación de un evaluador de abuso de sustancias para el tratamiento de drogas para pacientes hospitalizados, la evaluación es un componente crítico de la decisión de otorgar o denegar la admisión en el programa de la Corte de Drogas. La recomendación del evaluador de abuso de sustancias puede ayudar a que el juez considere la necesidad de tratamiento del acusado y el efecto probable de cualquier adicción en el comportamiento delictivo futuro. Una devolución es necesaria para que el juez del Tribunal de Drogas considere el informe del evaluador de abuso de sustancias.

El Estado reconoció con franqueza en el argumento oral ante nosotros que no se realizó una revisión completa en algunos de los casos de esta apelación consolidada porque el tribunal de primera instancia no tuvo el beneficio de las evaluaciones de TASC. Por lo tanto, se necesita una devolución en cualquier caso ante nosotros donde el tribunal de primera instancia no consideró una evaluación TASC a menos que el registro muestre claramente que el acusado es un candidato de Track One que no es legalmente elegible para un período de prueba especial y, por lo tanto, categóricamente inelegible para ser admitido en el Tribunal de Drogas.

Como hemos señalado, como propuesta general, revisamos la decisión de un tribunal de sentencia de admitir o denegar la admisión al Tribunal de Drogas por abuso de discreción. Con su acción para eliminar el veto fiscal, la Legislatura evidenció claramente la intención de confiar en la discreción y capacidad de un juez para determinar mejor la admisión sin continuar con ese derecho de veto. Los tribunales de apelación revisan las sentencias solo para determinar: “(1) si el ejercicio de la discreción por parte del tribunal de sentencia se basó en determinaciones de hechos fundamentadas en pruebas competentes y razonablemente creíbles; (2) si el tribunal de sentencia aplicó los principios legales correctos en el ejercicio de su discreción; y (3) si la aplicación de los hechos a la ley fue un error de juicio tan claro que conmociona la conciencia ”.

Desde el inicio del Tribunal de Drogas, las evaluaciones de TASC han sido un componente crítico. Las dos preguntas principales de elegibilidad son si un solicitante es (1) legalmente elegible y (2) clínicamente elegible. El TASC es el elemento más importante de elegibilidad clínica.