Decomiso de propiedad y debido proceso (Parte 3)

by | 9 de Agosto, 2024 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

El juez Kavanaugh concluyó con lo siguiente en la parte pertinente: De manera similar, el argumento de los peticionarios de que Mathews v. Eldridge, 424 US 319, debería regir la solicitud de los peticionarios de una audiencia preliminar fracasa dado que este Tribunal decidió $8,850 y Von Neumann después de Mathews. Además, los peticionarios señalan las decisiones de la Cuarta Enmienda de la Corte en el contexto penal para respaldar su argumento de que se requiere una audiencia preliminar en el contexto de decomiso civil. Esa analogía falla. Las audiencias de la Cuarta Enmienda no son contradictorias y abordan únicamente si una causa probable respalda la detención del arrestado. Véase Gerstein contra Pugh, 420 US 103, 119-122. Aquí, los peticionarios argumentan que la incautación inmediata de propiedad personal requiere audiencias preliminares contradictorias, y afirman que esas audiencias deben abordar su defensa afirmativa de propiedad inocente. Pero la Cláusula del Debido Proceso no requiere procedimientos preliminares más extensos para la retención temporal de bienes que para la inmovilización temporal de personas.

La práctica histórica refuerza las conclusiones de la Corte en $8,850 y Von Neumann de que el debido proceso no requiere audiencias preliminares en casos de decomiso civil. Desde la época de la Fundación, muchos estatutos federales y estatales han autorizado al Gobierno a confiscar bienes personales y retenerlos en espera de una audiencia de decomiso, sin una audiencia preliminar separada. Los peticionarios y sus amici no identifican ninguna ley federal o estatal que, antes de finales del siglo XX, requiriera audiencias preliminares en casos de decomiso civil. Algunos estados han promulgado recientemente leyes que exigen audiencias preliminares en casos de decomiso civil, pero esas leyes recientes no respaldan un mandato constitucional para audiencias preliminares en todos los estados. La historia demuestra que tanto el Congreso como los Estados han autorizado durante mucho tiempo a las fuerzas del orden a confiscar bienes personales y retenerlos hasta una audiencia de decomiso. La ausencia de audiencias preliminares separadas en los procedimientos de decomiso civil (desde la Fundación hasta finales del siglo XX) es una prueba de peso de que el debido proceso no requiere tales audiencias.

Otro argumento en contra de los procedimientos de decomiso es que crean una motivación para iniciar procesos que maximizarán el enriquecimiento de la fiscalía. Los procesamientos deben priorizarse en función de la protección de la comunidad.