Evidencia de la Opinión del Gran Jurado (Parte 3)

by | 13 de febrero de 2023 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

La División de Apelaciones concluyó con lo siguiente en la parte pertinente: In re Citación del Gran Jurado emitida a Galasso (App. Div. 2006). “'El gran jurado puede exigir la presentación de pruebas o el testimonio de testigos según lo considere apropiado, y su funcionamiento generalmente no está restringido por las normas técnicas procesales y probatorias que rigen la conducción de los juicios penales'”. State v. Doliner (1984) (donde se cita United States v. Sells Eng'g, Inc., 463 US 418, 423 (1983)). Aplicar la decisión de Cain a los procedimientos del gran jurado “en adelante” de ninguna manera comprometería la capacidad del gran jurado para operar como un organismo de investigación independiente.

“Mientras realiza esas funciones, el fiscal no puede afectar la independencia de un gran jurado e influir indebidamente en su determinación”. Por lo tanto, no encontramos ninguna razón de principio para concluir que la decisión de Caín, que prohíbe obtener testimonios de expertos con respecto a la intención del acusado de distribuir en un proceso por narcotráfico, no debería aplicarse a los procedimientos del gran jurado.

Como resultado, revocamos la decisión del juez que deniega la moción del acusado de desestimar los cargos tres, cuatro, cinco, seis, nueve y diez de la acusación, todos los cuales requerían una intención de distribución como elemento del delito imputado. Sin embargo, afirmamos la denegación de la moción del acusado para desestimar los cargos uno y dos de la acusación por las razones expuestas por el juez porque esos cargos no incluyen la intención de distribuir como un elemento de los delitos. Nos apresuramos a agregar que nada en esta opinión impide que el Estado vuelva a presentar este asunto ante otro gran jurado. Véase State v. Jeannotte-Rodriguez (App. Div. 2021) (que afirma la desestimación de una acusación sin perjuicio). Confirmado en parte, revocado en parte y remitido para ulteriores procedimientos. No tenemos jurisdicción.

Dada la naturaleza unilateral de una presentación ante un gran jurado, es casi seguro que la acusación obtendrá una acusación si el caso se vuelve a presentar. Mientras tanto, la defensa puede obtener una mejor oferta de declaración de culpabilidad si la fiscalía no quiere hacer el esfuerzo de representar el caso.