Evidencia física y descubrimiento recíproco (Parte 2)

by | 13 de Agosto, 2024 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

La declaración jurada solicitada es evidencia física de los delitos de manipulación de testigos y secuestro por los cuales el acusado y otros han sido acusados. Por lo tanto, está sujeto a descubrimiento recíproco según la Regla 3:3-13(b)(2)(B) y (D). La Regla 3:13-3 codifica el enfoque de expediente abierto de Nueva Jersey para el descubrimiento previo al juicio en asuntos penales posteriores a la acusación. Aunque un acusado tiene derecho a un descubrimiento automático y amplio de las pruebas que el Estado ha reunido en apoyo de sus cargos al emitir una acusación, la Regla también impone al abogado defensor la responsabilidad de proporcionar a la acusación categorías amplias de elementos. A esto se le suele denominar regla o proceso de “descubrimiento recíproco”. Según la Regla 3:13-3(b)(2)(B) y (D), respectivamente, un acusado debe proporcionar al Estado materiales que incluyan “cualquier libro, papel o documento relevante, incluidos “escritos”, que sean “ en posesión, custodia o control del abogado defensor”, así como con “declaraciones escritas, si las hubiere, hechas por cualquier testigo a quien el Estado pueda llamar como testigo en el juicio”. Significativamente, la Regla "no requiere el descubrimiento del producto del trabajo de una parte que consista en informes internos, memorandos o documentos elaborados por esa parte o el abogado o agentes de la parte, en relación con la investigación, el procesamiento o la defensa del asunto". R. 3:13-3(d) (énfasis agregado).

Más allá de la propia excepción de la Regla, las garantías constitucionales pueden prohibir la divulgación obligatoria de ciertos materiales en determinadas situaciones. El derecho a no autoincriminarse se aplica cuando el imputado se ve obligado a realizar una comunicación testimonial que tenga carácter incriminatorio. Sin embargo, tanto los privilegios estatales como los de la Quinta Enmienda contra la autoincriminación son personales del acusado y no pueden ser ejercidos por terceros o en nombre de ellos. La Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos y el Artículo I, Párrafo 10 de la Constitución de Nueva Jersey garantizan al acusado penalmente el derecho a la asistencia efectiva de un abogado, que incluye el derecho a una investigación exhaustiva de la defensa. En el caso Estado contra Mingo, el Tribunal sostuvo que no se puede obligar al abogado defensor, mediante la presentación de pruebas, a entregar al Estado los materiales periciales inculpatorios que generó en preparación para el juicio, a menos que la defensa tenga la intención de presentar o utilizar esa prueba pericial en el juicio, señalando que tal La regla promueve el derecho a la asistencia efectiva de un abogado porque el abogado defensor no se verá disuadido de “buscar evidencia pericial” para ayudar en su defensa que pueda resultar desfavorable. 77 Nueva Jersey 576, 582, 584 (1978).

Y un año después de la decisión Mingo, la Corte amplió su decisión para incluir declaraciones o resúmenes de declaraciones hechas por un testigo del Estado al abogado defensor cuando la defensa no tiene intención de utilizar las declaraciones en el juicio. Estado contra Williams, 80 NJ 472, 480-82 (1979). El Tribunal señaló que “es aborrecible para nuestro concepto de justicia penal obligar a un acusado, bajo la apariencia de descubrimiento recíproco, a revelar al Estado pruebas inculpatorias descubiertas por el abogado defensor durante su preparación para el juicio y luego permitir que el Estado utilice esas pruebas”. evidencia como parte de su caso principal”.

Aquí, la Corte hace un guiño a su precedente en Mingo. La defensa citó a Mingo en apoyo de su posición ante el tribunal de primera instancia y la división de apelaciones.