Programas de desvío de tribunales municipales (Parte 2)

by | 30 de enero de 2016 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Noticias

2C: 43-13.1. Elegibilidad y solicitud. una. Elegibilidad y solicitud. Siempre que cualquier acusado que no haya sido previamente condenado por cualquier delito menor de alteración del orden público, delito de alteración del orden público o delito bajo cualquier ley de los Estados Unidos, este estado o cualquier otro estado, y que no haya participado previamente en una descarga condicional bajo NJS2C: 36A- 1, tratamiento de supervisión según NJS2C: 43-12, o despido condicional según PL2013, c.158 (C.2C: 43-13.1 et al.), Se le imputa un delito menor de alteración del orden público o un delito de alteración del orden público, excepto según lo dispuesto en la subsección b . de esta sección, el acusado puede, después de una declaración de culpabilidad o una declaración de culpabilidad, pero antes de la entrada de un fallo de condena y con la notificación apropiada al fiscal, solicitar al tribunal la entrada en el programa de despido condicional de conformidad con los requisitos de PL2013, c.158 (C.2C: 43-13.1 et al.). Como condición de dicha solicitud, el acusado deberá someterse a los procedimientos de identificación de huellas dactilares según lo dispuesto en RS53: 1-15 antes de presentar dicha solicitud al tribunal para permitir tiempo suficiente para que el fiscal verifique los antecedentes penales del acusado.

El párrafo (a) aborda la declaración de culpabilidad requerida que es una condición previa para el programa de despido condicional. Tenga en cuenta que el programa también está disponible para los acusados ​​después de que sean declarados culpables en el juicio. Por lo tanto, parecería que los acusados ​​interesados ​​en el programa no tendrían nada que perder si fueran a juicio y se dieran la oportunidad de ser declarados "no culpables" y despedirlos. Sin embargo, en la práctica, exigir un juicio casi siempre conducirá a fechas adicionales en la corte, tiempo de espera en la corte y honorarios legales adicionales incurridos mientras el estado se demora en presentar su caso. Estos retrasos a veces son causados ​​por problemas imprevisibles con la disponibilidad de testigos o el ajetreado calendario de un tribunal. Más a menudo, las demoras son utilizadas intencionalmente por el estado con la esperanza de que el acusado se canse de gastar su tiempo y dinero y acepte una disposición que no requiera que el estado lleve a cabo un juicio. Además, los tribunales tienen cierta discreción con respecto a quién puede participar en el programa. Hay algunos jueces que usarían esta discreción para mantener a un acusado fuera del programa si el acusado obligara a la corte y al estado a llevar a cabo un juicio en un caso en el que la corte encontrara que las pruebas de los delitos son muy sólidas. Este uso / abuso de la discreción se denomina comúnmente "impuesto de prueba".

Tenga en cuenta que el programa de despido condicional también es más restrictivo de quiénes pueden participar con respecto a los registros anteriores de condenas. El programa de baja condicional está disponible para cualquier persona que no haya sido condenada por un delito relacionado con las drogas (y que no haya participado todavía en un programa alternativo). Una condena por cualquier delito menor de alteración del orden público o de alteración del orden público, ya sea que el delito esté o no relacionado con las drogas, es un obstáculo para el programa de despido condicional.