Reintenciones de tribunales de drogas y la Sexta Enmienda (Parte 5)

by | Apr 18, 2020 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Crimen de drogas, Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

El juez Susswein continuó en la parte relevante: Las circunstancias en Haymond que llevó a la Corte a encontrar una Aprendo la violación se distingue claramente del caso que tenemos ante nosotros. En marcado contraste con § 3583 (k), NJSA 2C: 35-14 (f) no prescribe una nueva sentencia mínima obligatoria. Más bien, nuestro estatuto incorpora por referencia las sentencias mínimas y máximas que podrían haberse impuesto originalmente sobre la base de la condena del acusado. Específicamente, NJSA 2C: 35-14 (f) (4) establece que si el tribunal revoca permanentemente la libertad condicional especial del acusado de conformidad con esta subsección, el tribunal impondrá cualquier sentencia que pudiera haber sido impuesta, o que se hubiera requerido imponer, originalmente por el delito por el cual la persona fue condenada o declarada delincuente.

Es importante destacar que, el Haymond La pluralidad distinguió el defectuoso estatuto federal de liberación supervisada en cuestión de la libertad condicional y la libertad condicional, que señaló que "generalmente se ha entendido que se ajusta a las Enmiendas Quinta y Sexta". Haymond, 588 Estados Unidos __, 139 S. Ct. en 2381 (opinión de pluralidad). La pluralidad explicó que la libertad condicional y la libertad condicional cumplen con Aprendo principios porque, al encontrar una violación, “un juez generalmente podría sentenciar al acusado a cumplir , solamente el resto de la pena de prisión autorizada por la ley por su delito original de condena ". Id. en 2382. “Por lo tanto, un juez no podía encarcelar a un acusado por más tiempo del permitido por las conclusiones fácticas del jurado, un resultado completamente armonioso con las Enmiendas Quinta y Sexta”. Ibíd. La ley especial de revocación de la libertad condicional de Nueva Jersey es solo el tipo de estatuto tradicional de libertad condicional que Haymond pluralidad considerada "de conformidad con las Enmiendas Quinta y Sexta". Id. en 2381.

También es digno de mención que al describir la sentencia máxima permitida después de una violación de la libertad supervisada, el Haymond la pluralidad no mencionó la parte no privativa de la libertad de la sentencia. La opinión de la pluralidad, en otras palabras, no pronuncia, ni siquiera íntima, que como cuestión de imperativo constitucional, el tiempo que un acusado ya ha pasado fuera de prisión en libertad supervisada debe agregarse a la pena privativa de libertad para efectos de determinar si el se ha superado el máximo legal prescrito.

El enfoque del panel en lo que requiere la constitución federal es consistente con una federalización que ha ocurrido en nuestros tribunales estatales en los últimos años. Nuestra constitución estatal históricamente ha proporcionado mayores protecciones constitucionales que las disposiciones federales análogas.