Reintenciones de tribunales de drogas y la Sexta Enmienda (Parte 6)

by | Apr 20, 2020 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Crimen de drogas, Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

El panel de apelación continuó en la parte pertinente: según la ley federal, el período de encarcelamiento y el período subsiguiente de libertad supervisada se consideran "aspectos distintos" del castigo. Estados Unidos v. Trabajo, 409 F.3d 484, 489 (1.er Cir. 2005). En consecuencia, "los tribunales han sostenido habitualmente que la sentencia combinada de años de prisión más años de libertad supervisada puede exceder el número máximo legal de años de prisión autorizado por el estatuto sustantivo aplicable al delito de condena". Ibíd.

Si la interpretación expansiva del acusado de Aprendo eran correctos, el esquema legal federal confirmado en Trabaja y revisado en Haymond entraría en conflicto con la Sexta Enmienda a menos que el tiempo pasado en libertad supervisada antes de la revocación se trate de la misma manera que el tiempo pasado en prisión. Sin embargo, § 3583 (e) (3) establece expresamente lo contrario que la nueva sentencia después de la revocación de la libertad supervisada se impone "sin crédito por el tiempo previamente cumplido en la supervisión posterior a la liberación". Cabe destacar que la pluralidad no mencionó ninguna preocupación constitucional con esta característica estatutaria, incluso cuando la Corte derogó una disposición específica de sentencia mínima obligatoria de ese estatuto sobre Aprendo jardines. El hecho de no aludir a ningún problema constitucional con la característica legal que trata el tiempo en libertad supervisada de manera tan diferente al tiempo pasado en prisión es revelador. A nuestro juicio, esto confirma que la Corte nunca contempló que Aprendo Es posible que los principios se extiendan a formas de castigo distintas de las penas mínimas y máximas de prisión.

Encontramos más apoyo para nuestra conclusión de que la Corte Suprema nunca tuvo la intención de Aprendo aplicar a las formas de castigo no privativas de la libertad en la respuesta de la pluralidad a las inquietudes expresadas por los Magistrados disidentes. El disidente se quejó, “[l] a opinión de la pluralidad parece haber sido cuidadosamente elaborada con el propósito de sentar las bases para decisiones posteriores de mucho más alcance más amplio." 588 US en __, 139 S. Ct. en 2386 (Alito, J., disidente). La pluralidad respondió a esas preocupaciones sobre la futura expansión del Aprendo doctrina, señalando:

Además, incluso si nuestra opinión pudiera leerse para arrojar dudas sobre la § 3583 (e) y su coherencia con Aprendo, las consecuencias prácticas de sostener ese efecto no se acercarían al cumplimiento de la profecía apocalíptica de la disidencia. En la mayoría de los casos (incluido este), combinar las sentencias iniciales y posteriores a la revocación del acusado emitido bajo § 3583 (e) no producirá un pena de prisión que exceda la pena máxima legal de prisión que el jurado haya autorizado por el delito original de condena. [588 Estados Unidos __, 139 S. Ct. en 2384 (opinión de pluralidad) (énfasis añadido).]

En particular, en esta discusión puntual sobre la amplitud potencial de Aprendoalcance, la pluralidad se refería a la combinación de dos períodos de encarcelamiento, no a la combinación de un período de encarcelamiento y un período de libertad supervisada cuando se describe una sentencia compuesta que posiblemente podría exceder el "máximo legal". El punto es simplemente que incluso cuando la pluralidad y los jueces disidentes argumentaron vociferantemente sobre las perspectivas de expandir el Aprendo Doctrina, nadie planteó la posibilidad de una ampliación del tipo y en la medida en que el acusado nos insta a aceptar en este recurso. En resumen, leemos el Haymond pluralidad y opiniones disidentes para ser coherentes con nuestra conclusión de que Aprendo, Blakely, Callejóny Anillos se centran exclusivamente en las penas de prisión y simplemente no se aplican a las penas de prueba no privativas de la libertad.

Una contradicción al análisis del panel aquí es que se supone que los tribunales no deben llegar a cuestiones constitucionales a menos que estén obligados a hacerlo al decidir el caso. Eso explicaría por qué el Haymond La corte no abordó AprendoAplicación a penas no privativas de la libertad.