Asalto agravado y defensa de otros: Parte 3

by | 2 de marzo, 2018 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , New Jersey, Crímenes violentos

Reconocemos que una base fáctica inadecuada no necesariamente le da derecho al acusado a recibir reparación en caso de un ataque colateral a una condena. "Si una declaración de culpabilidad es a sabiendas y voluntaria, el hecho de que un tribunal no obtenga una base fáctica para la declaración no es necesariamente de dimensión constitucional y, por lo tanto, no convierte en ilegal una sentencia impuesta sin tal base".

Sin embargo, una afirmación contemporánea de inocencia altera el significado jurídico de la falta de base fáctica. “Se requiere constitucionalmente una base fáctica cuando hay indicios, como una afirmación contemporánea de inocencia, de que el acusado no comprende lo suficiente sobre la naturaleza de la ley que se aplica a los hechos del caso para tomar una decisión verdaderamente 'voluntaria' por su cuenta."

Nuestros tribunales de apelación tienden a evitar hacer más trabajo para ellos mismos y los tribunales de primera instancia. La afirmación de que “no se requiere constitucionalmente una base fáctica a menos que el acusado acompañe la declaración de culpabilidad con una declaración de inocencia” se basa en una preferencia por mantener las declaraciones de culpabilidad definitivas. Dada la gran cantidad de casos penales que se resuelven mediante declaraciones de culpabilidad, es inevitable que haya abogados y jueces que pasen por alto un elemento obligatorio de un delito. Por lo tanto, tenemos una regla que requiere más que estos errores comunes antes de que se vuelva a abrir un caso resuelto.

La defensa sugerida por el acusado de otros constituía una afirmación contemporánea de inocencia que negaba su culpabilidad. Dado que el tribunal de primera instancia no examinó la defensa reclamada por el acusado y no logró obtener una renuncia inteligente y con conocimiento después de una explicación adecuada de la ley aplicable, no se puede decir que su declaración fue voluntaria y consciente, y que violó el debido proceso.

Por lo tanto, sin la necesidad de llegar a los argumentos restantes del acusado, revertimos la negación de PCR. La declaración de culpabilidad y la condena del acusado quedarán anuladas. Se restablecerá su estado de fianza anterior a la condena, pendiente de revisión por el tribunal de primera instancia dentro de los treinta días. El asunto se remite a juicio.