Estatuto de acecho (Parte 3)

by | Apr 24, 2019 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Conozca sus Derechos

La División de Apelaciones continuó: El acusado publicó varios videos de la serie MonkeyCom en YouTube. Los videos de “RU Burger Farms” y “Coming Soon” podrían interpretarse razonablemente como una expresión de la intención del acusado de matar y consumir al perro de JR, que ella había comprado específicamente para protegerla del acusado. Los comentarios lascivos del acusado sobre los supuestos actos sexuales de JR en otro video no eran de “conocimiento común” independientemente de su veracidad o falsedad. El etiquetado de JR en los videos de MonkeyCom que la acusada sabía que vería a través de una alerta de Google se inició “electrónico. . . contacto con JR ”en violación de la ITRO. JR fue identificado por su nombre como un "criminal en general". Otros videos sugirieron que JR padecía una enfermedad mental. Debido a que estamos de acuerdo en que la conducta del acusado fue parte integral del desacato a la orden de restricción y el acoso, no estaba protegido por la Primera Enmienda o la Constitución de Nueva Jersey. Por lo tanto, tal como se aplicó al acusado, el estatuto no era inconstitucionalmente demasiado amplio.

El acusado afirma que el estatuto contra el acecho es inconstitucionalmente vago tanto en su apariencia como en su aplicación. Cuando se rechaza una impugnación por exceso de amplitud, "el tribunal debe entonces examinar la impugnación de vaguedad facial y, asumiendo que la promulgación no implica una conducta protegida constitucionalmente, debe aceptar la impugnación solo si la promulgación es inadmisiblemente vaga en todas sus aplicaciones". Sin embargo, una parte "que participa en alguna conducta que está claramente proscrita no puede quejarse de la vaguedad de la ley aplicada a la conducta de otros". Ibídem. (citando a Hoffman Estates, 455 US en 494-95). Por lo tanto, es la conducta del acusado la que debe analizarse y no las "aplicaciones hipotéticas de la ley". Ibídem. (citando a Hoffman Estates, 455 US en 494-95). Debido a que llegamos a la conclusión de que el estatuto no es inconstitucionalmente vago según se aplica al acusado, no tenemos necesidad de abordar si el estatuto es inconstitucionalmente vago a primera vista.

La negativa de la Corte a considerar “aplicaciones hipotéticas de la ley” es compatible con la administración eficiente de la justicia. Están lo suficientemente ocupados decidiendo casos reales. La negativa también es consistente con el precedente que requiere que los tribunales solo lleguen a cuestiones constitucionales si es necesario.