Upskirting e invasión de privacidad

by | 25 de septiembre de 2017 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Conozca sus Derechos, Warrants

El 31 de agosto de 2017, un panel de apelación de tres jueces decidió el caso del Estado contra Joshua Nicholson. El panel incluyó al ex juez penal del condado de Monmouth, Francis Vernoia. Una cuestión principal en el caso fue si tomar una foto de una mujer bajo su falda ("upskirting") constituye una invasión de la privacidad de conformidad con NJSA 2C: 14-9b.

En la parte relevante, el Tribunal sostuvo: El acusado impugna la denegación por parte del tribunal de primera instancia de su moción para desestimar su acusación y su moción de reconsideración. Afirma que las partes íntimas de la víctima no fueron "expuestas" bajo NJSA 2C: 14-9 (b) (2004) porque la víctima estaba usando pantimedias. Sostenemos que "expuesto" significa "abierto a la vista" y "visible", y que el acusado violó NJSA 2C: 14-9 (b) (2004) porque la parte interna de los muslos y las nalgas de la víctima estaban abiertos y visibles a través de sus pantimedias transparentes. El acusado también argumenta NJSA 2C: 14-9 (b) (2004) no se aplicó porque la Legislatura en 2016 promulgó un delito de cuarto grado de filmar "partes íntimas en ropa interior", NJSA 2C: 14-9 (b) (2). Sostenemos que la promulgación más amplia de 2016 no alteró el significado del estatuto de 2004.

El acusado cita la regla de la indulgencia. Esa doctrina sostiene que al interpretar una ley penal, las ambigüedades que no pueden resolverse ni con el texto de la ley ni con ayudas extrínsecas deben resolverse a favor del acusado. De ello no se sigue invariablemente que cada vez que alguien puede crear un argumento sobre el significado de una sanción penal, el estatuto sea inadmisiblemente vago, o que deba imponerse la pena más baja posiblemente aplicable. En cambio, la regla de la indulgencia se aplica solo si un estatuto es ambiguo, y esa ambigüedad no se resuelve mediante una revisión de todas las fuentes de intención legislativa. Aquí, el texto del estatuto y todas las ayudas extrínsecas muestran que la conducta del acusado cayó dentro de NJSA 2C: 14-9 (b) (2004). Por lo tanto, el tribunal de primera instancia no incurrió en error al denegar la moción para desestimar la acusación.

Este caso involucró una declaración de culpabilidad negociada en lugar de una condena después de un juicio con jurado. Por lo tanto, el acusado debe haber presentado una rara "declaración condicional". Una “declaración de culpabilidad condicional” es una declaración en la que el fiscal y el tribunal acuerdan permitir que el acusado persiga cuestiones en la apelación que, de otro modo, serían descartadas con una declaración de culpabilidad típica. Los únicos problemas que se preservan automáticamente con una declaración de culpabilidad típica son la denegación de una moción para suprimir evidencia física, un rechazo de la participación de PTI y (posiblemente) un rechazo de la participación en el Tribunal de Drogas.