Ministerios Juveniles y Delincuentes Sexuales: Parte 1

by | 12 de Agosto, 2017 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Leyes que protegen a los niños, Condado de Monmouth, Condado del océano

El 20 de julio de 2017, el juez Timpone escribió para una Corte Suprema unánime de Nueva Jersey en el caso de State v. SB En esta apelación, la Corte determina si un ministerio juvenil asociado con una iglesia u organización religiosa está exento de la definición de “ organización de servicio a la juventud ”bajo NJSA 2C: 7-22, una disposición de la Ley de Megan.

El acusado era un miembro del Eternal Life Christian Center (ELCC), una institución religiosa y sin fines de lucro registrada. El acusado también estuvo sujeto a la Ley de Megan debido a dos condenas por agresión sexual en 1991. Para cumplir con los requisitos de informes de la Ley de Megan, el acusado notificó a los pastores y ancianos de la ELCC sobre sus condenas. El acusado participó en el Ministerio Juvenil Sin Límites (NLYM) de la iglesia, cuyo objetivo declarado es "preparar a los estudiantes para que sean eficaces en el hogar, la secundaria, la preparatoria y la universidad".

Basado en la participación del acusado en el NLYM, el gran jurado lo acusó de participación prohibida en tercer grado en una "organización de servicio a jóvenes", en violación de NJSA 2C: 7-23. El acusado se movió para desestimar la acusación, argumentando que el NLYM no era una organización de servicios para jóvenes bajo la Ley de Megan.

El tribunal de primera instancia concedió la moción del acusado, con el razonamiento de que el estatuto era vago con respecto a cómo las instituciones religiosas se ajustan a la definición de organización al servicio de los jóvenes. El tribunal distinguió el caso de un caso de la División de Apelaciones publicado en 2014 en el que el panel encontró una violación de la Ley Megan donde un acusado participó en el equipo de boxes de una banda de música de la escuela porque estaba separado de la escuela, lo que hace que la exención escolar del estatuto sea inaplicable.

En SB, la fiscalía apeló y la División de Apelaciones confirmó la desestimación de la acusación. El panel rechazó el argumento de la fiscalía de que la definición de organización al servicio de los jóvenes abarcaba el NLYM. Razonó que debido a que la definición no se refiere específicamente a las organizaciones religiosas, la Legislatura no tenía la intención de incluir organizaciones religiosas en la definición de organización que sirve a los jóvenes. La Corte La Corte Suprema de Nueva Jersey concedió la solicitud de certificación de la fiscalía. Dejando de lado la tendencia de nuestros tribunales de tomar partido en contra de los delincuentes sexuales condenados, era probable que se produjera una reversión, ya que la clara mayoría de los casos en los que se otorga la certificación resultan en una reversión. Es lógico que si nuestra Corte Suprema estuviera de acuerdo con la decisión de las Divisiones de Apelaciones, generalmente no otorgarían la certificación solo para emitir la misma decisión.