Sentencias divididas e inelegibilidad de libertad condicional (Parte 4)

by | 20 de Agosto, 2020 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

El Tribunal reconoció que ambas subsecciones (b) (2) y (b) (3) de NJSA 2C: 43-2 dispuso la imposición de términos de “encarcelamiento”, y señaló diferencias entre el encarcelamiento autorizado en cada inciso. Por ejemplo, el Tribunal explicó que un término de encarcelamiento bajo la subsección (b) (3) "debe cumplirse en una instalación correccional estatal", mientras que la porción de custodia de una sentencia dividida bajo la subsección (b) (2) solo se puede cumplir en la cárcel del condado.

Medido contra esos estándares, la parte de custodia de la sentencia del acusado, incluida la imposición del período de inelegibilidad de libertad condicional, cae dentro del encarcelamiento autorizado por NJSA. 2C: 43-2 (b) (2) y claramente fuera del encarcelamiento autorizado por NJSA 2C: 43-2 (b) (3). La sentencia total del acusado es de menos de 364 días, por lo que cumplirá la sentencia en la cárcel del condado y no en una prisión estatal. Comparar NJSA 2C: 43-10 (a) (las sentencias de encarcelamiento de un año o más se cumplirán bajo la custodia del Comisionado del Departamento Correccional) con NJSA 2C: 43-10 (c) (siempre que, en la parte pertinente, se cumplan las penas de prisión de menos de un año en la cárcel del condado).

El Tribunal de Hartye también declaró que “un acusado sentenciado a una pena de prisión como condición de libertad condicional no puede estar expuesto al período de inelegibilidad de libertad condicional autorizado por NJSA 2C: 43-6 (b).”En apoyo de esa declaración, la Corte cita State v. Guzman (Law Div. 1985), donde la corte de primera instancia explicó su imposición de un término de custodia que incluía un período de inelegibilidad de libertad condicional bajo NJSA 2C: 43-6 (b). El tribunal de Guzmán no impuso una sentencia dividida, pero señaló que, en las circunstancias presentadas, "no se podía imponer un período de inelegibilidad al encarcelamiento como condición para la libertad condicional", "ya que no se impuso ninguna sentencia en virtud de la NJSA". 2C: 43-6 o cualquier otra sección del Código [Penal] que lo autorice o requiera ”.

Por lo tanto, el tribunal no sugirió que una sentencia dividida no pudiera incluir un período de no elegibilidad para libertad condicional durante un período de prisión impuesto como condición de la libertad condicional. Por el contrario, el tribunal sólo declaró que no podía imponer un período de inelegibilidad para libertad condicional porque estaba sentenciando al acusado a una pena de cárcel del condado de 364 días de prisión y el Código Penal no autorizaba ni requería la imposición de un período de inelegibilidad para libertad condicional a la pena de prisión impuesta.

Una excepción a la regla sobre las sentencias de menos de 364 días que se cumplen en la cárcel del condado es cuando un recluso es sentenciado a una pena cumplida en exceso de 364 días. Una excepción a las sentencias de prisión estatal que duran más de un año es cuando un juez envía expresamente a un recluso a la prisión estatal con una sentencia de menos de un año.