Detenciones investigativas y sospecha razonable: Parte 3

by | 1 de jul, 2017 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Interrogatorio, Conozca sus Derechos, Condado de Monmouth, Condado del océano

No se violará el derecho de las personas a estar seguras en sus personas, casas, papeles y efectos, frente a registros e incautaciones irrazonables ”. Const. De EE. UU. enmendar. IV; NJ Const. Arte. I, ¶ 7. Los registros e incautaciones sin orden judicial presuntamente violan esas protecciones, pero no todos los encuentros entre policías y ciudadanos constituyen registros o incautaciones a los efectos del requisito de la orden judicial. Tenga en cuenta que la incautación en cuestión con una detención investigadora es una incautación de la persona.

Los tribunales han identificado tres categorías de encuentros con la policía: (1) investigación de campo; (2) detención investigativa; y (3) arresto. La prueba de una investigación de campo es si un acusado, en todas las circunstancias asociadas, creía razonablemente que podía marcharse sin responder ninguna de las preguntas del oficial. A diferencia de una investigación de campo, una detención investigativa, también llamada Terry parada o una parada de investigación, ocurre durante un encuentro con la policía cuando una persona objetivamente razonable sentiría que su derecho a moverse ha sido restringido. Debido a que una detención por investigación es una incautación temporal que restringe el movimiento de una persona, debe basarse en la sospecha razonable y particularizada de un oficial de que una persona acaba de participar o estaba a punto de participar en una actividad delictiva. Un arresto requiere causa probable y generalmente está respaldado por una orden de arresto o por demostración de motivos que lo hubieran justificado.

La cuestión clave en este caso radica en la distinción entre una investigación sobre el terreno y una detención investigativa. La diferencia entre una investigación de campo y una detención investigativa siempre se reduce a si una persona objetivamente razonable se habría sentido libre de irse o terminar el encuentro con la policía. El encuentro se mide desde la perspectiva del acusado.

Una persona sentada en un automóvil legalmente estacionado afuera de su casa que repentinamente se encuentra bloqueada por una patrulla que ilumina el vehículo con una luz de inundación, solo para que el oficial salga de su automóvil marcado y se acerque al lado del conductor del vehículo, no lo haría. razonablemente siéntete libre de irte. Aquí, el oficial pidió inmediatamente la identificación del acusado. Aunque no determinante, ese hecho solo refuerza que se trató de una detención investigativa. Es un desafío a la experiencia humana típica creer que alguien a quien se le ordena que se identifique en tales circunstancias se sienta libre de irse. Esa conducta no es una interacción conversacional no intrusiva, tipo jardín, entre un oficial y un individuo.

Sin duda, esta retención se utilizará como base para enseñar a los agentes de policía a informar de que se descubrieron pruebas antes de que se realizara una solicitud de identificación. La mentira más común es decir que las drogas se vieron a simple vista.