Nuevas leyes sobre pornografía infantil: Parte 3

by | 21 de septiembre de 2017 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Leyes que protegen a los niños, Condado de Monmouth, Condado del océano

"NJSA 2C: 24-4. Poner en peligro el bienestar de los niños ”también se modificó.

El primer cambio implicó una ampliación de la definición de "Elemento que representa la explotación o el abuso sexual de un niño". La definición ahora incluye "una fotografía, película, video, una grabación electrónica, electromagnética o digital, una imagen almacenada o mantenida en un programa o archivo de computadora o en una parte de un archivo, o cualquier otra reproducción o reconstrucción que"retrata a un niño de una manera sexualmente sugerente”, En lugar de incluir solo representaciones de“ un niño que participa en un acto sexual prohibido o en la simulación de dicho acto ”. Sin duda, habrá un litigio sobre lo que califica como "una manera sexualmente sugestiva", junto con cuestiones relacionadas con la notificación del debido proceso y los derechos de la primera enmienda.

El nuevo estatuto intenta aclarar qué se entiende por "Representar a un niño de una manera sexualmente sugestiva" con la siguiente definición:

(a) para representar las partes íntimas de un niño menos que completamente cubiertas y opacas, como se define en NJS2C: 14-1, de una manera que, por medio de la pose, composición, formato o detalles sensuales animados, emite sensualidad con suficiente impacto concentrar un interés lascivo en el niño; o

(b) para representar cualquier forma de contacto con las partes íntimas de un niño, como se define en NJSA 2C: 14-1, de manera que, por medio de la pose, composición, formato o detalles sensuales animados, emite sensualidad con impacto suficiente para concentrar un interés lascivo en el niño; o

(c) representar de otra manera a un niño con el propósito de estimular o gratificar sexualmente a cualquier persona que pueda ver la representación cuando la representación no tenga un valor literario, artístico, político o científico serio.

Tenga en cuenta que la definición en lenguaje sencillo del término "lascivo" es "pervertido". El término "lascivo" parece haberse originado en opiniones judiciales históricas que se ocupan de cuestiones de la Primera Enmienda. Los asuntos de la Primera Enmienda pueden ser sumamente complicados y confusos, como lo demuestra el precedente de la Corte Suprema de EE. UU. Que trata las contribuciones a campañas políticas como "discurso protegido".