Registros del sitio celular y órdenes de registro (Parte 4)

by | 2 de diciembre de 2018 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

La Corte continuó: Al aplicar mecánicamente la doctrina de terceros a este caso, el Gobierno no aprecia la falta de limitaciones comparables sobre la naturaleza reveladora de CSLI. Tampoco se sostiene el segundo fundamento de la doctrina de terceros, la exposición voluntaria, cuando se trata de CSLI. La información de ubicación del teléfono celular no se "comparte" realmente como se entiende normalmente el término. Primero, los teléfonos celulares y los servicios que brindan son “una parte tan omnipresente e insistente de la vida diaria” que llevar uno es indispensable para participar en la sociedad moderna. Riley, 573 EE. UU., En ___. En segundo lugar, un teléfono celular registra un registro del sitio celular a fuerza de su funcionamiento, sin ningún acto afirmativo por parte del usuario más allá de encenderlo.

Esta decisión es limitada. No expresa una opinión sobre asuntos que no estén ante la Corte; no perturba la aplicación de Smith and Miller ni cuestiona las técnicas y herramientas de vigilancia convencionales, como las cámaras de seguridad; no se refiere a otros registros comerciales que podrían revelar de manera incidental información de ubicación; y no considera otras técnicas de recolección que involucren asuntos exteriores o seguridad nacional. El Gobierno no obtuvo una orden judicial respaldada por una causa probable antes de adquirir los registros del sitio celular de Carpenter. Adquirió esos registros de conformidad con una orden judicial en virtud de la Ley de comunicaciones almacenadas, que requería que el gobierno mostrara "motivos razonables" para creer que los registros eran "relevantes y materiales para una investigación en curso". 18 USC §2703 (d). Esa demostración está muy por debajo de la causa probable requerida para una orden judicial. En consecuencia, una orden emitida bajo §2703 (d) no es un mecanismo permisible para acceder a los registros históricos del sitio celular. No todos los pedidos que obliguen a presentar documentos requerirán una demostración de causa probable. Se requiere una orden judicial solo en el caso excepcional de que el sospechoso tenga un interés legítimo en la privacidad de los registros en poder de un tercero. Y aunque el gobierno generalmente necesitará una orden judicial para acceder a CSLI, las excepciones de casos específicos, por ejemplo, circunstancias apremiantes, pueden respaldar una búsqueda sin orden judicial.

La afirmación del juez Roberts de que “la decisión es limitada” es una respuesta al argumento del gobierno a favor de permitir la descarga de datos en sitios celulares sin orden judicial. Es una táctica común del gobierno justificar sus violaciones de las libertades civiles alegando que hacerlo es necesario para la "seguridad nacional".