Registros sin orden judicial y propiedad abandonada (Parte 3)

by | 14 de marzo, 2024 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

El juez Solomon continuó en la parte pertinente: En Johnson, el Tribunal sostuvo que el acusado no había renunciado a su capacidad para impugnar el registro de una bolsa únicamente porque había renunciado a la propiedad, dado que la bolsa estaba en un apartamento con cinco ocupantes y podría haber pertenecido a a cualquiera de ellos. 193 Nueva Jersey en 549-50. El Tribunal observó que “la policía aún podría haber determinado fácilmente a su propietario”. Identificación. en 550. En Carvajal, el Juzgado confirmó el registro de un bolso abandonado en un autobús. 202 NJ en 218, 230. Allí, la bolsa fue abandonada porque fue “dejada en un lugar público o en un transportista público” sin “dueño aparente” y la “policía no registró la bolsa hasta que todos los dueños aparentes negaron su responsabilidad”. cualquier derecho posesorio sobre el inmueble”. Identificación. en 225 26, 229-30.

En este caso, nadie discute que el acusado huyó de la policía para evitar un arresto legal, sabiendo que "Spoon", si tal persona existía (el Tribunal señala que la defensa no pudo confirmar la identidad de "Spoon") aún no tenía posesión de la maleta. . El acto de huir para evitar un arresto legal en un lugar público demuestra la intención del acusado de poner la mayor distancia posible entre él y la propiedad que quedó atrás. Cuando el acusado huyó de la policía en una zona muy transitada en la acera afuera de Penn Station, sin ninguna indicación de que tenía la intención de regresar, abandonó la maleta en un lugar público. Y, a diferencia de cuando hay un número finito y fijo de propietarios potenciales como en Carvajal y Johnson, no se puede esperar que la policía identifique y sondee a todos en o cerca de un importante centro de transporte para determinar quién, si es que hay alguno, podría tener un interés posesorio en una bolsa dejada deliberadamente en un lugar público. Habiendo llegado así a la conclusión de que la maleta fue abandonada y que el acusado no está legitimado para impugnar su incautación y registro, el Tribunal no llega a la cuestión de si la policía llevó a cabo un incidente de registro constitucionalmente válido para arrestar.

Otro contrapunto al razonamiento de la mayoría es que nuestro sistema judicial a menudo es inexacto en cuanto a la existencia de una orden de detención. Por lo tanto, no hay garantía de que, en circunstancias similares, lo que ocurrió aquí sea un “arresto legal”. Dadas las circunstancias, sería razonable exigir a la policía que solicite a un juez una orden de registro telefónica (o en persona).