El Uso de la Fuerza y ​​el Castigo Corporal (Parte 2)

by | 17 de febrero de 2023 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

La Corte Suprema continuó en la parte pertinente: Como explicó el abogado defensor al solicitar el cargo de castigo corporal razonable, si un padre o tutor es acusado de agresión simple y no se le indica al jurado que el castigo corporal razonable no está prohibido, casi siempre se emitirá un veredicto de culpabilidad. resultado porque la lesión corporal bajo agresión simple se puede encontrar si la víctima sufrió la sensación de dolor físico. Si el jurado no está instruido en cuanto a la ley con respecto al castigo corporal razonable en relación con un simple cargo de agresión, entonces el jurado nunca podrá llegar a un veredicto que no sea de culpabilidad siempre que haya suficiente evidencia de que el niño experimentó la sensación de dolor físico.

En el alegato oral, el Estado admitió que el cargo de agresión simple junto con un delito de peligro para los niños es poco común. En este caso, debido a que esos cargos se empaquetaron juntos y se basaron en la misma supuesta conducta, un entendimiento de sentido común de la ley con respecto al castigo corporal por parte de un padre o tutor debería haber resultado en una instrucción para el jurado, incluida en el cargo de agresión simple, que explicó que el castigo corporal razonable no es un delito. Una vez más, la transcripción del juicio es clara en cuanto a que el tribunal de primera instancia y el Estado acordaron que el cargo era aplicable, pero no estuvieron de acuerdo con el abogado defensor sobre la necesidad de reiterar el cargo después de que ya había sido articulado durante la instrucción sobre peligro para niños.

El veredicto del jurado aquí podría haber indicado que simplemente decidieron comprometerse con respecto al cargo de asalto simple en lugar de evaluar los elementos e instrucciones legales. Dado que las deliberaciones del jurado ocurren en secreto y no se registran, es imposible que alguien fuera de la sala del jurado lo sepa con certeza. La razón del secreto de las deliberaciones es que los miembros del jurado deben sentirse libres para discutir un caso abiertamente entre ellos sin preocuparse de que se graben sus discusiones.