Facilitación criminal y la Primera Enmienda (Parte 3)

by | 28 de marzo, 2024 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

La mayoría de la Corte Suprema continuó en la parte relevante: La historia legal es una parte importante del contexto relevante. Cuando el Congreso promulgó en 1885 lo que se convertiría en el modelo para la cláusula (iv), tipificó como delito “ayudar, alentar o solicitar a sabiendas” la inmigración en virtud de un contrato para realizar un trabajo. 23 Estad. 333. Entonces, como ahora, “alentar” tenía un significado especializado que canalizaba la responsabilidad del cómplice. Y las palabras “ayudar” y “solicitar”, que aparecieron junto a “alentar”, refuerzan el significado más restringido del derecho penal.

Cuando el Congreso enmendó esa disposición en 1917, añadió “in duce”, que también tenía connotaciones de solicitación y facilitación. 39 estadística. 879. En 1952, el Congreso promulgó el antecesor inmediato del inciso (iv) y simplificó el lenguaje de la Ley de 1917, eliminando las palabras “asistir” y “solicitar”, y tipificando como delito “fomentar o inducir, intencional o conscientemente, o intentar alentar o inducir, ya sea directa o indirectamente, la entrada a los Estados Unidos de cualquier extranjero que no esté legalmente autorizado a ingresar o residir dentro de los Estados Unidos”. 66 estadística. 229. Hansen cree que estos cambios ampliaron dramáticamente el alcance de la prohibición de estímulo contenida en la cláusula (iv), pero aceptar ese argumento requeriría que la Corte supusiera que el Congreso tomó una ruta tortuosa para transmitir un mensaje amplio y constitucionalmente dudoso. Lo que se entiende mejor es que el Congreso simplemente simplificó el lenguaje estatutario anterior. Fundamentalmente, los términos que el Congreso retuvo (“alentar” e “inducir”) se superponen sustancialmente en significado con los términos que omitió (“asistir” y “solicitar”). Por lo tanto, la mejor manera de entender la cláusula (iv) es como una continuación del pasado.

Hansen sostiene que la ausencia de un requisito expreso de mens rea en la cláusula (iv) significa que el estatuto no se limita a la solicitud y la facilitación. Pero cuando el Congreso incluyó “alienta” e “induce” en la cláusula (iv), la intención tradicional asociada con la solicitud y la facilitación era parte del paquete. El estatuto federal sobre complicidad funciona de la misma manera: no contiene ningún requisito expreso de mens rea, pero incorpora implícitamente el estado mental tradicional requerido para ayudar e instigar. Rosemond contra Estados Unidos, 572 US 65, 70–71. El inciso (iv) se sitúa entre otras disposiciones que funcionan en la misma forma. Véase, por ejemplo, §§ 1324(a)(1)(A)(v)(I), (II).

La mens rea predeterminada en Nueva Jersey cuando una estatua no dice nada sobre el elemento mental de un delito penal es "a sabiendas". Cometer un delito “a sabiendas” es cometerlo con “conocimiento con certeza sustancial” en lugar de “certeza absoluta”.