Permisos de Transporte y Lugares Sensibles (Parte 33)

by | 1 de junio de 2023 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

Permisos de Portación y Lugares SensiblesEl Tribunal de Distrito continuó: Ninguna de las partes discute aquí que los dueños de propiedades privadas en Nueva Jersey, y en todo el país, han tenido durante mucho tiempo el derecho a excluir las armas de fuego de sus propiedades. Como se discutió anteriormente, el intento de Nueva Jersey de diseñar cómo los propietarios privados comunican la palabra "no" funciona, en efecto, para disuadir a un ciudadano respetuoso de la ley que tiene un permiso para ocultar el ejercicio de su derecho constitucional bajo pena de enjuiciamiento penal.

El Tribunal está de acuerdo con la observación que hizo el tribunal de Antonyuk con respecto a la ley comparable de Nueva York; a través de esta disposición, el estado de Nueva Jersey está tomando una decisión para los dueños de propiedades privadas que son perfectamente capaces de tomar por sí mismos y lo han hecho mucho antes de la aprobación de esta legislación, “así como un discurso posiblemente convincente sobre un tema sensible”. asunto." En consecuencia, por todas las razones anteriores, en esta etapa los Demandantes han cumplido con su carga de demostrar que probablemente lograrán probar que esta disposición es inconstitucional.

5. Sección 7(b) – Armas de fuego funcionales en vehículos De conformidad con la Sección 7(b) del estatuto, un vehículo es esencialmente un lugar sensible prohibido “a menos que el arma esté descargada y contenida en un estuche, caja de armas o encerrado descargado en la cajuela del vehículo.” Leyes de Nueva Jersey de 2022 c. 131. Primero, el texto simple de la Segunda Enmienda cubre la conducta en cuestión (portar un arma de fuego oculta para defensa propia en público). Como resultado, los Demandados deben poder refutar la presunción de protección contra esta regulación al demostrar que la regulación es consistente con la tradición histórica de regulación de armas de fuego de esta Nación. Los demandados sostienen que cuando el gobierno es propietario de un vehículo, tiene derecho a excluir las armas de fuego. Pero la disposición no se limita al gobierno.

El Tribunal tampoco está convencido por el argumento de los Demandados de que el requisito de portar armas de fuego en los vehículos solo cuando están descargadas, cerradas y en el maletero no restringe totalmente el derecho a portarlas, dado que “la legítima defensa individual es el componente central del Derecho de la Segunda Enmienda”. Bruen, 142 S. Ct. en 2133. Según los Demandados, los vehículos motorizados plantean problemas diferentes a los modos de transporte de la época de la Fundación. La velocidad y la distancia que pueden recorrer los vehículos de motor modernos los convierte en facilitadores de escape en delitos con armas de fuego, y su velocidad ha creado la necesidad de que la policía haga cumplir los límites de velocidad, exponiendo a los oficiales al peligro cada vez que se acercan a un vehículo en una parada de tráfico”. [Br del estado. en 33.] Pero nuevamente, los Demandados están solicitando a este Tribunal que participe en una investigación de equilibrio de intereses y utilidad que el Tribunal Supremo ha indicado expresamente que este Tribunal no puede hacer.

El argumento de los Demandados también es ilógico. Que los vehículos puedan usarse para facilitar el escape en delitos con armas de fuego no tiene nada que ver con si un ciudadano respetuoso de la ley debe poder llevar su arma de fuego en su vehículo para protegerse. En todo caso, necesitarían su arma de fuego para protegerse contra otros conductores que están cometiendo delitos con armas de fuego.