Reintenciones de tribunales de drogas y la Sexta Enmienda (Parte 3)

by | Apr 14, 2020 | Blog, Bufete de abogados de inmigración criminal , Crimen de drogas, Condado de Monmouth, New Jersey, Condado del océano

Abogado de Delitos de Medicamentos RecetadosEl juez Susswein continuó en la parte relevante: De esta disposición se desprende claramente que la Legislatura no tenía la intención de otorgar crédito por la totalidad del tiempo dedicado a la libertad condicional especial. Como ya hemos señalado, en Aprendo, es competencia de una legislatura por estatuto determinar la sentencia máxima que puede imponerse en base a una condena. En Hawkins, explicamos que, el esquema legal delinea que la pena máxima de prisión por un delito en segundo grado es de diez años de prisión, a menos que un acusado solicite y sea aceptado en un período de prueba especial del Tribunal de Drogas, en cuyo caso puede recibir una pena de cinco años de Tribunal de Drogas con el riesgo de pasar diez años en prisión si viola esa libertad condicional especial, con crédito otorgado por el tiempo pasado en la cárcel o tratamiento hospitalario. [__ NJ Super. en __ (deslizamiento op. en 11).] Aplicando esa comprensión del marco legal al caso que tenemos ante nosotros, el tribunal de primera instancia volvió a sentenciar al acusado en su condena por robo en segundo grado a la pena máxima de prisión autorizada por NJSA 2C: 43-6 ( a) (2) pero no más que ese máximo.

Al llegar a esta conclusión, no queremos sugerir que una sentencia de prueba no sea una forma de castigo. El punto, más bien, es que el castigo no privativo de la libertad es sustancialmente diferente del encarcelamiento. Leemos Aprendo y su progenie para centrarse únicamente en la última forma de castigo, no en la primera.

Por lo tanto, sostenemos que al determinar si el "máximo legal prescrito" se ha excedido a los efectos de Aprendo En el análisis, nos fijamos en la cantidad de tiempo que el acusado está encarcelado, no en la cantidad de tiempo que cumple en libertad condicional sin custodia. Observamos a este respecto que la Corte Suprema de los Estados Unidos nunca ha sostenido que las penas no privativas de la libertad aumenten Aprendo preocupaciones. En ausencia de instrucción explícita de los tribunales superiores, y especialmente considerando las consecuencias significativas si aceptamos la extrapolación del acusado de Aprendo, ver supra nota 5, nos negamos a desatar el Aprendo doctrina de sus raíces históricas y ampliarla para aplicarla a formas de castigo no privativas de la libertad.

Esta detención destaca una creencia común entre los acusados ​​de que el tribunal de drogas es "una trampa". Esto se debe a que las sentencias de prisión alternativas suelen ser significativamente mayores que una sentencia que podría negociarse tradicionalmente. Hay una legislación pendiente en Nueva Jersey para reducir la duración de las sentencias alternas y permitir más infracciones de los tribunales de drogas antes de que se imponga la prisión.